10 de junio de 2009

UN DÍA HISTÓRICO

10 de junio de 2009. Después de mucho luchar se logró la cesión definitiva de las tierras del estadio del Bosque.

 

Se firmó un Acta Acuerdo con la Provincia y la Municipalidad. Sólo resta que lo apruebe el Concejo Deliberante.

El 10 de junio de 2009 quedará grabado para siempre en el corazón de cada uno de los hinchas de Gimnasia. Después de mucho luchar, insistir y exigir lo que nos pertenece, se hizo justicia. Por fin, se logró la cesión definitiva de las tierras del Bosque, donde se ubica nuestro querido estadio Juan C. Zerillo.

Ahora, sólo resta la redacción de la ordenanza por parte del Concejo Deliberante de La Plata, para que pasen a dominio de ambas instituciones de la ciudad, los terrenos del predio del Bosque.

Por su parte, el presidente de Gimnasia, Walter Gisande, destacó luego del trascendental anuncio que “ahora la decisión la tiene el Concejo Deliberante platense, el Municipio, para aprobar la ordenanza que establezca la cesión de las tierras. Seguimos realizando tareas, ahora con un grado de certeza que podemos encarar en forma fehaciente refacciones acordes al estadio que merece nuestra Institución”.

Con este logro, que envuelve y emociona a toda la familia gimnasista, queda en claro que la unión y el esfuerzo mancomunado, conllevan de manera directa a los objetivos. En este caso, obteniendo, de manera definitiva, las tierras del Bosque.

Y a la hora de los agradecimientos hay que destacar el apoyo total e incondicional de nuestros socios e hinchas, que una vez más, haciendo caso a su pasión y amor incondicional por los colores aportaron su granito de arena para que este 10 de junio sea una realidad.

Sin duda alguna, UN DÍA HISTÓRICO.



ACTA ACUERDO “PASEO DEL BOSQUE”

Entre la Provincia de Buenos Aires, representada por el señor Gobernador, Don Daniel Osvaldo Scioli, la Municipalidad de La Plata, representada por el señor Intendente, Dr. Pablo Bruera, y los clubes Gimnasia y Esgrima La Plata y Estudiantes de La Plata, representados por sus respectivos Presidentes, Dr. Walter Néstor Gisande y Dr. Rubén Matías Filipas, ocupantes de los lotes de terreno designados catastralmente como Circunscripción I; Sección B; Manzana 103 y Circunscripción I; Sección B; Manzana 111, Parcela 2, respectivamente, ubicados en los espacios correspondientes al “Paseo del Bosque”, Ciudad y Partido de La Plata con el propósito de suscribir el presente Acta Acuerdo sujeta a las siguientes claúsulas.

1. Las partes adhieren a un Plan Director de Regularización Dominial de bienes patrimoniales cedidos a la Municipalidad de La Plata, por transferencias efectuadas desde la esfera nacional y provincial que hacen a la característica e identidad de la ciudad de La Plata y que por diversas eventualidades no perfeccionaron sus dominios.

2. En el marco del Plan de Recuperación del Espacio Público de la Ciudad, en el que la actual gestión municipal se encuentra abocada, ha priorizado el espacio verde emblemático de la época fundacional. El Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, en tal inteligencia, reconoce los derechos legales contenidos en la Ley 6183/59 y Decreto 16316/59.

3. Las partes acuerdan que la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires efectuará la inscripción Dominial a favor de la Municipalidad de La Plata de aquellos bienes designados según plano de mensura 55-367-79 correspondientes a manzanas y parcelas ubicadas en el Paseo del Bosque.

4. El Departamento Ejecutivo Municipal se compromete a ceder con cargo los bienes permisionados oportunamente a los clubes Gimnasia y Esgrima La Plata y Estudiantes de La Plata, cuyo ubicación se da por reproducida, reconociendo la historia y el valor patrimonial de los diferentes usos arraigados, complementarios con la esencia recreativa del Paseo.

5. Los Presidentes de los Clubes –a su vez- se comprometen a reintegrar al uso público parte de las áreas que actualmente poseen y proveer sectores con equipamiento social, deportivo y recreativo para el uso y goce de la comunidad en general.

6. Las partes podrán celebrar convenios para el uso especial de los espacios cedidos, garantizando la compatibilidad de aquel con el espíritu de esparcimiento que caracteriza al Paseo.

7. El Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de La Plata, suscribe el presente acuerdo sujeto a la aprobación del Honorable Concejo Deliberante, de conformidad con las previsiones del artículo 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.


24 de junio de 2009

El Concejo Deliberante aprobó el Proyecto de Ordenanza para que las tierras del Bosque sean definitivamente de Gimnasia. La alegría y la emoción se apoderaron de los Triperos que coparon el recinto y festejaron.

Tras una extensa sesión, el Concejo Deliberante de La Plata, aprobó el proyecto de ordenanza mediante cual autoriza al Ejecutivo Municipal a donar los predios que Gimnasia y Estudiantes ocupan en el Bosque.

La aprobación se logró luego de una votación nominal en la que 16 concejales votaron a favor, 5 en contra y 1 se abstuvo.

Se hicieron presentes en el municipio en representación de Gimnasia, los dirigentes, Juan Carlos Escanda, Víctor Paladino, Ernesto Fischer, Ricardo López Osornio, Miguel Lavarra y Alejandro Cisneros.


Lo que dice la Ordenanza:

Artículo 1ro.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar en donación, a los clubes Gimnasia y Esgrima La Plata y Estudiantes de La Plata, los inmuebles identificados catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 103 y Circunscripción I, Sección B Manzana 111, Parcela 2ª, respectivamente, tal como surge del Acta Acuerdo “Paseo del Bosque” oportunamente suscripta, con el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2do.- El Departamento Ejecutivo determinará las condiciones que constituirán el cargo de la donación referida a las Instituciones mencionadas, en concordancia con las pautas establecidas en el Acta mencionada.

Artículo 3ro.- Dése intervención a la Escribanía General de Gobierno a efectos de que proceda al otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio.

Artículo 4to.- A través de la Dirección de Catastro se procederá a la registración del estado dominial de los inmuebles citados en el ámbito municipal y provincial.



 

29 de junio de 2011

HISTÓRICO

Acto en el Palacio Municipal

Gimnasia rubricó un acuerdo con la Municipalidad de La Plata y con las cuatro Ong´s que se oponían a la remodelación del estadio tripero. Esto permitirá que el Club obtenga la cesión definitiva de las tierras del Bosque.Ampliaremos.-

 

 

 


EL ACUERDO

Señor Juez:

Entre las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) Asociación Civil Hoja de Tilo, representada por su Presidente Dr. Héctor Manuel Granillo Fernández, Comité Argentino del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS), representado por su Presidente Arquitecto Alfredo Luis Conti, Asociación Foro Ciudadano La Plata (FOCALP), representada por su Presidente, Sr. Alberto Luis Antonini y Fundación Biósfera, representada por su Presidente Sr. Horacio Pablo de Beláustegui, todos bajo el patrocinio letrado de la Dra. Ana María Bóscolo, con domicilio constituido en calle 49 Nº 927 de la ciudad de La Plata, por una parte; y la Municipalidad de La Plata, representada por su Intendente Dr. Pablo Bruera, junto a la letrado Apoderada Dra. Sandra Nilda Grahl, con domicilio legal en calle 12 entre 51 y 53 – Palacio municipal- de esta misma ciudad; los Clubes Estudiantes de La Plata y Gimnasia y Esgrima de La Plata , representados por sus respectivos Presidentes Dr. Rubén Matías Filipas y Don Héctor Atilio Delmar , junto a los letrados Apoderados Dr. Bernardo Manuel Barrué y Dr. Manuel Fernando Laborde respectivamente; en los autos caratulados: “ASOCIACION HOJA DE TILO Y OTROS C/ MUNICIPALIDAD DE LA PLATA Y OTROS S/ AMPARO “ (Expte. Nº LP-29137/08) , a V.S. se presentan y respetuosamente dicen :

I . – OBJETO: Que vienen por el presente a manifestar que como resultado de las reuniones de trabajo llevadas a cabo entre las partes a partir de la Audiencia de Conciliación realizada el día 18 de abril del corriente año, se ha arribado al presente Acuerdo referente a los autos de marras, el que se compone de las siguientes cláusulas: 

PRIMERA: Las partes reconocen la importancia del Paseo del Bosque en el trazado fundacional de la ciudad de La Plata, declarado Bien de Interés Histórico Nacional en la tipología de Centro Histórico por Decreto Nº 1308/99 del Poder Ejecutivo Nacional y declarado como perteneciente al patrimonio cultural de la provincia de Buenos Aires por Ley 12.121/98. Reconocen asimismo la condición de Paisaje Protegido de Interés Provincial de la Reserva-Parque “Paseo del Bosque” de la ciudad de La Plata, establecida por las leyes provinciales 13. 593 y 13.835, así como que el Decreto municipal 1794/86 declara de interés municipal, como integrantes del patrimonio urbanístico, a los parques, plazas, plazoletas y ramblas del casco urbano fundacional de La Plata. Reconocen asimismo la existencia y persistencia en el Paseo del Bosque de los Clubes Estudiantes de La Plata (1907) y Gimnasia y Esgrima de La Plata (1922), cuyas actividades deportivas ya forman parte del Patrimonio Material e Intangible de la ciudad, la región y el país.

SEGUNDA: El Club Estudiantes de La Plata adapta su proyecto de construcción de estadio en el Paseo del Boque, ajustándose a las siguientes características:
Mantenimiento de la tribuna ya construida en relación con la prolongación de la calle 55, con su altura actual de 20 metros.

Reducción de la altura de la estructura construida sobre calle 115 hasta los 22.00 m. (veintidós metros) de altura máxima, removiendo la construcción de palco y pasillo actualmente existente, quedando bajo la responsabilidad de Club Estudiantes de La Plata el retiro mencionado, como así también los gastos que el mismo irrogue, lo cual se hará efectivo en un plazo máximo de 120 días corridos a partir de la firma del presente Acuerdo. Respecto a esta tribuna, dada su ubicación, queda bajo la exclusiva responsabilidad del Municipio de La Plata la habilitación de la misma.

La construcción a realizarse en la ochava correspondiente a las calles 55 y 115 no podrá superar la altura máxima de 20.00 m. (veinte metros).

La construcción a realizarse en la ochava correspondiente a las calles 57 y 115, no podrá superar la altura de 16 metros (dieciséis metros).

Las tribunas y/o palcos a construirse sobre avenida 1 y sobre calle 57 no podrán superar la altura máxima de 16 metros ni sobrepasar la línea municipal , salvo en las excepciones establecidas por el código de planeamiento existente.

Por encima de las alturas máximas citadas, se podrán colocar elementos para instalaciones de iluminación, comunicación, seguridad, confort y pararrayos, siendo estas áreas no accesibles al público. 

Se procederá a la demolición de estructuras obsoletas linderas al estadio, sujetándose a lo establecido en el Artículo 10 de la Ley provincial 13.835.

TERCERA: El Club Estudiantes de La Plata se obliga a realizar baños públicos de libre acceso sobre calle 115, comprometiéndose a su mantenimiento e higiene, como así también a mejorar las condiciones del espacio público correspondiente a la calle 57 entre Avenida 1 y calle 115, y a la calle 115 entre Avenida Iraola y calle 57, de acuerdo con las siguientes pautas:

Calle 57: se procederá al mantenimiento y reparación de la calzada de adoquines de granito existente; a la reparación de la vereda existente correspondiente a los números pares (Escuela Industrial Albert Thomas) según los materiales establecidos en el Código de Edificación de la Municipalidad de La Plata vigente; a la construcción de vereda correspondiente a los números impares (estadio del Club Estudiantes de La Plata) según los materiales establecidos en el Código de Edificación de la Municipalidad de La Plata vigente, y a la provisión de artefactos de iluminación del espacio público, acordes a las características del Paseo del Bosque.

Calle 115 (Luis Prossi): se procederá a la reparación y mantenimiento de la calzada asfáltica existente; a la reparación y mantenimiento del sendero de conchilla y bordes de adoquines de granito existentes en la acera opuesta al estadio del Club Estudiantes de La Plata, y se proveerán de artefactos de iluminación del espacio público acordes en estilo a las características del Paseo del Bosque.

CUARTA: El Club Gimnasia y Esgrima La Plata desarrollará su proyecto de construcción del estadio en el Paseo del Bosque, ajustándose a las siguientes pautas:
Se preservará y mantendrá adecuadamente el edificio existente correspondiente al sector de platea techada, incluido en el Catálogo del Patrimonio Arquitectónico del Casco Fundacional de La Plata, aprobado por Decreto municipal 1579/06, con grado de protección Estructural. 
Las tribunas a construirse para completar el estadio no podrán superar la altura máxima de 16.00 m. (dieciséis metros) , ni sobrepasar esta medida las ya existentes .
Por encima de la alturas máximas citadas , se podrán colocar elementos para instalaciones de iluminación , comunicación , seguridad , confort y pararrayos , siendo estas áreas no accesibles al público .

Se procederá a la demolición de estructuras obsoletas linderas al estadio, sujetándose a lo establecido en el Artículo 10 de la Ley provincial 13.835.

Se construirán baños instalados sobre el predio ocupado en el Bosque, para ser utilizado por el público en general, comprometiéndose el Club a su mantenimiento e higiene.

QUINTA: Las canchas auxiliares de ambas instituciones deportivas serán readecuadas para que las áreas que hoy ocupan puedan ser destinadas a distintas actividades deportivas, educativas y recreativas, las cuales serán coordinadas por cada uno de los clubes y abiertas a la comunidad, posibilitándose la realización de usos conforme a los principios que regulan el paisaje protegido Paseo del Bosque, pudiendo realizarse convenios de uso con Entidades Públicas y Privadas, Establecimientos Educativos y ONG´S .

SEXTA: Ambos clubes se obligan a forestar y parquizar la mayor superficie posible de sus respectivas áreas, dentro del Proyecto de Plan Integral de Manejo Participativo del Paseo del Bosque.

SEPTIMA: Los días y horas en que se desarrollen encuentros deportivos, la Municipalidad de La Plata prohibirá el ingreso de vehículos al predio del Bosque mediante el correspondiente dictado del acto administrativo que así lo disponga, exceptuando de esta disposición a los vehículos que transporten a los miembros de las delegaciones deportivas correspondientes, ambulancias, vehículos de seguridad, etc.

OCTAVA: La Municipalidad de La Plata se obliga a elaborar, conjuntamente con las Asociaciones Civiles y la Fundación actoras del proceso de amparo, con Instituciones Científicas y Culturales, con los Clubes de Futbol involucrados, y con otras Entidades de reconocida trayectoria relacionadas al tema ambiental, un Proyecto de PLAN INTEGRAL DE MANEJO PARTICIPATIVO DEL PASEO DEL BOSQUE, dentro de los noventa (90) días corridos de firmado del presente Acuerdo, como así mismo a afectar los fondos presupuestarios necesarios . - NOVENA: Las Asociaciones Civiles y la Fundación actoras ponen de manifiesto que la transferencia de los inmuebles que ocupan los Clubes deportivos en la actualidad en la Reserva Paseo del Bosque de La Plata requiere la sanción de la Ordenanza correspondiente de desafectación del dominio público y pase al dominio privado de la Municipalidad de La Plata, por lo que se trata de facultades propias del Honorable Concejo Deliberante, y ajenas a la voluntad de estas actoras. Por lo tanto, también manifiestan que este requisito esencial por norma jurídica, es previo a cualquier transferencia por donación y/o venta.

Por ello las Asociaciones Civiles y la Fundación actoras entienden que, mientras no se cumplan los actos citados, debería continuarse con el régimen jurídico preexistente de Uso Precario, y al efecto sugieren la celebración en tiempo y forma de un Convenio de Uso Precario entre la Municipalidad de La Plata y los Clubes interesados, estipulando un plazo no menor de cien (100) años más de permanencia.

Los clubes ratifican su pedido de continuación del trámite de escrituración que fuera suspendido por la medida cautelar. 

No obstante ante los argumentos detallados y el acuerdo general al que se ha arribado , las partes actores desisten de la Medida Cautelar dictada en autos y en relación a la cuestión de la transferencia de los inmuebles objetos de la litis.

DECIMA: Ello no obstante, en el caso hipotético que se lograra viabilizar la transferencia de los inmuebles que actualmente ocupan en forma adecuada a las normas legales vigentes , las partes acuerdan que el tramite de su escrituración a favor de los Clubes se hará bajo los siguientes CARGOS: a) Destinar los predios al desarrollo de actividades deportivas profesionales o amateur, culturales, artísticas, recreativas o institucionales, no pudiendo ser enajenados, dados en garantía , cedidos ( se exceptúa el alquiler y/o arriendo y/o préstamo temporario para espectáculos o actividades de las autorizadas ) o gravados a título alguno; b) No construir en las tierras obtenidas estadios que no se ajusten a las alturas máximas y a los lineamientos que en este convenio se establecen; c) Posibilitar la realización de Convenios de Uso con la Municipalidad de La Plata y la Provincia de Buenos Aires; d) Determinar que si los Clubes cesaren en su existencia, las tierras retornaran a la titularidad de la Municipalidad de La Plata.

DECIMOPRIMERA: Las partes ratifican el carácter complementario de los estadios ubicados en el Bosque en relación al Estadio Ciudad de La Plata, los que podrán ser utilizados –dentro de las pautas del Plan Estratégico Deportivo de la Provincia de Buenos Aires- para la realización de competencias deportivas Nacionales e Internacionales, conforme a las pautas establecidas en este Convenio.

DECIMOSEGUNDA: Al haberse desvirtuado en gran medida el fin que se tuvo en cuenta para instalar los puestos y kioscos de comidas que se encuentran actualmente en funcionamiento en diversos sitios del Bosque, de superficie visiblemente extralimitada, la Municipalidad de La Plata se obliga a observar las normas vigentes aplicables a estos usos, desalojando a todo local que carezca de habilitación Municipal, y reduciendo o ajustando las superficies ocupadas por los locales habilitados de acuerdo a las reglamentaciones vigentes.

DECIMOTERCERA : El presente acuerdo se halla supeditado y recién podrá ser homologado cuando en autos se presente un escrito con el compromiso de la Provincia de Buenos Aires , suscripto por el Sr. Gobernardo de la misma don Daniel Scioli , en el cual se manifestará que : a ) Dentro del marco del art. 9 de la ley 13.593 , la Provincia retirará dentro del plazo de 60 días que se contará desde la firma del compromiso , las dependencias públicas identificadas como sector de Verificación Vehícular ubicadas en la calle 115 entre 57 y 59 de La Plata . Y b ) Asimismo y con relación al resto de las dependencias localizadas entre las calles 1 a 122 y 50 a 60 se procederá como lo establece el artículo 9 de la ley 13.593 , retirándose las mismas dentro del término de 36 meses , siempre desde la firma del compromiso . Las partes actoras manifiestan su especial interés en extender el paisaje y parquización del paseo del bosque hasta avenida 1 desde la calle 58 hasta el edificio del Registro Provincial de La Personas o adyacencias , procediéndose a tal fin a la demolición de las construcciones obsoletas existentes en el lugar . Las actoras consideran que la superficie estimada que se recuperará , con la totalidad de estas acciones , ampliará la extensión paquizada del Paseo del Bosque en aproximadamente no menos de diez ( 1 ) hectáreas. 

Para el caso de incumplimiento de lo antedicho por parte del Estado Provincial , la Municipalidad de La Plata se compromete a iniciar las acciones legales correspondientes dentro del plazo de 120 días desde el último día en que debía cumplirse , y si no lo hiciere , la Municipalidad deberá abonar una multa diaria equivalente al valor de 1000 litros de leche normal. La multa diaria será depositada en una cuenta judicial que al respecto se abra y luego será utilizada por la Comisión que se conformó por este acuerdo para el Manejo Integral del Bosque de La Plata , exceptuando obviamente a la obligada al pago . La multa dejará de percibirse a partir de la iniciación de la acción de reclamo para que los espacios pertinentes pasen a la órbita municipal . Quien podrá intimar y/o iniciar las acciones legales pertinentes contra la Municipalidad de La Plata son las ONG y Fundación actores en el pleito que finiquita con el presente acuerdo.

DECIMOCUARTA : La Municipalidad de La Plata se hará cargo de los honorarios de los letrados intervinientes por las ONG y Fundación actoras ; mientras que los honorarios del resto de los profesionales serán en el orden causado . - 

En la ciudad de La Plata , a los 27 días del mes de Junio de 2011 se firman ocho ( 8 ) ejemplares de un mismo tenor y en prueba de conformidad . 

ANEXO CONVENIO BOSQUE 

La Provincia de Buenos Aires se compromete dentro del marco de cumplimiento del artículo 9 de la ley nº13.593 a retirar , dentro del plazo de sesenta ( 60 ) días , que se contarán a partir de la firma del presente convenio las dependencias públicas identificadas como sector de Verificación Vehícular ubicadas en la calle 115 entre 57 y 59 de esta ciudad de La Plata .

En relación con el resto de las dependencias localizadas entre las calles 1 a 122 y 50 a 60 se procederá como lo establece el artículo 9 de la ley 13593 a la demolición en un plazo no mayor de treinta y seis ( 36 ) meses de las construcciones existentes ( sede Bomberos , Policía Científica , etc. ) y , a dejar libres las superficies actualmente afectadas al uso de reparticiones oficiales o entregadas en uso y otro título a terceros , a excepción del Teatro Martín Fierro y de aquellas que hubieren sido o fueren declaradas de valor patrimonial por la legislación provincial o municipal.

Una vez desocupados los predios se devolverá la posesión a la Municipalidad de La Plata a los fines de recuperar como espacios verdes y de esparcimiento las superficies ocupadas por los mismos . 


04-10 - 2011

EL BOSQUE ES DEL LOBO

Tras más de 20 años de intensa lucha, en un acto lleno de emoción, entregaron las escrituras de las tierras de nuestro predio de 60 y 118



El martes 4 de octubre quedará marcado como uno de los días más importantes de la historia de nuestro Club. Al mediodía de esta jornada, Daniel Scioli, Gobernador de la Provincia de Buenos Aires y Pablo Bruera, Intendente de la Ciudad, entregaban la escrituración definitiva de las tierras del Estadio de 60 y 118 a Héctor Delmar, Presidente de la Institución.

Tras más de 20 años de intensa lucha, el sueño de la tierra es concreto. Luego de tanta gota de sudor y sacrificio de una enorme cantidad de Triperos que alzaron la bandera del Bosque, luego de tanta insistencia, ese anhelo se transformó en realidad. La próxima vez que entremos ya no será lo mismo, el olor de los jardines, cada paso que demos sobre cada uno de los tablones, cuando nos sentemos en una platea; todo tendrá una sensación diferente… será más nuestro que nunca. 

Todo comenzó desde las 12.00 cuando muchos asistentes ingresaban al Salón de Usos Múltiples de la Casa de Gobierno. La ansiedad se apoderó de los Triperos presentes que en gran número se acercaron al acto. Finalmente, luego de las 13.00 ingresaron el Ministro de Justicia Ricardo Casal, de parte de la Escribanía General de Gobierno, el Escribano Luciano Scatolini y los Presidentes de ambos clubes de la ciudad. 

El puntapié del acto fue con las palabras inaugurales del Intendente Pablo Bruera que insistió en el concepto de “reivindicación histórica para los clubes de la ciudad” ante las 500 personas presentes. Comenzaron a entregarse algunas escrituras a ciudadanos de la provincia de Buenos Aires hasta que, retrasado por una reunión con la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, hizo su ingreso Daniel Scioli.

Así fue, como exactamente a las 13.38 se firmó la escritura y entre el aliento ensordecedor de los Triperos, se selló el momento histórico para nuestro Club. Tomó la palabra el Presidente Héctor Delmar que agradeció a las autoridades y con mucha emoción agregó “Ahora sí podremos terminar nuestro Estadio”

Para finalizar llegó el momento de las fotos y de las notas de los medios presentes. Se multiplicaron los abrazos entre varios socios y dirigentes entre los que se destacaron Daniel Onofri, José Luis Mainetti, Graciela Delmar, Rodolfo Figari, Héctor Leguizamón, Marcelo Luque y Ramiro Colombo.

Además también participaron del acto los Arquitectos Luis Díaz y Martín Bergol, integrantes del Fútbol Juvenil Favio Fernández y Ariel Pereyra y gente muy ligada a nuestra Institución como Alicia Casamiquela y Matías Eijo, entre otros. La alegría se adueñó del mediodía y el Bosque a la distancia, dibujó una sonrisa porque tendrá al Estadio del Lobo por siempre entre sus árboles.

 Fuente: sitio oficial

 







BANDERA
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